15:00 (5 Mar)-
La Sala II de
la Cámara Nacional
en lo Civil y Comercial Federal confirmó
un fallo de primera instancia que había declarado infundada la oposición por
parte de Autoservicio Mayorista Diarco SA al registro de marca solicitado
por Apple Computer Inc. En el caso, según la resolución, Apple había solicitado
el registro de su marca (diseño de manzana mordida) para distinguir a todos… … los
productos de la clase 35 del nomenclador vigente, que distingue servicios que
son brindados por personas o por organizaciones en la ayuda de la explotación o
dirección y conducción de una empresa comercial o industrial. Y, asimismo,
comprende los establecimientos de publicidad que se encargan especialmente de
comunicaciones al público, de declaraciones o anuncios y en relación con toda
clase de mercaderías o de servicios dirigidas al productor o comerciante.
A la concesión de dicho signo
se había opuesto Autoservicio Mayorista
Diarco SA, por estimar que provocaría confusiones con respecto a la titularidad
de su marca.
En primera instancia, el juez
había entendido que existían suficientes diferencias entre los dibujos de las
manzanas en conflicto, y arribó a la conclusión que resultaban inconfundibles.
Desde esa perspectiva, hizo lugar a la demanda, declarando infundada la
oposición del demandado al registro de la marca.
Fuente: CIJ